CONDICIONES GENERALES
SERVICIO DE AMBULANCIA POR EMERGENCIA
En caso que el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) requiera un servicio de ambulancia dentro del territorio nacional, que constituya una emergencia vital y que requiera un traslado médico en ambulancia, IGS coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de unidades médicas para trasladar al afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) hasta el centro médico asistencial más cercano. El servicio se prestará por un (1) evento al año sin límite de monto máximo de cobertura.
MÉDICO A DOMICILIO POR EMERGENCIA
En caso de que el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) requiera una consulta médica en sitio, IGS prestará para el afiliado de acuerdo a las condiciones de la asistencia; la coordinación logística y monitoreo del servicio de consulta de un médico general (no especialista) al domicilio o sitio autorizado a la luz de la asistencia contratada, con el fin de cubrir la necesidad derivada de una emergencia. El médico deberá identificar correcta y rápidamente la necesidad del afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) determinando la respuesta más adecuada para resolverla, en función del contexto y de las disponibilidades, sin necesidad de que el paciente se movilice de su domicilio o sitio donde se brinde el servicio, orientándolo sobre los conductos que tiene que seguir. Este servicio integra revisión clínica y diagnóstico, mientras el paciente realiza el seguimiento pertinente a su tratamiento.
•Los servicios están sujetos a previa autorización del profesional en medicina del call coordinado con un tercero.
•No incluye el costo o la aplicación de tratamientos iniciales, aplicación de medicamentos, curaciones o tratamientos quirúrgicos de ningún tipo.
ORIENTACIÓN MÉDICA TELEFÓNICA
En caso de que el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) requiera una orientación médica telefónica, IGS brindará de acuerdo a las condiciones de la asistencia; orientación médica telefónica las 24 horas, los 365 días del año. En la línea de asistencia; un profesional médico coordinado con un tercero por IGS realizará la clasificación de la gravedad de su padecimiento y le orientará en los procedimientos y conductas provisionales, según la sintomatología manifestada, que se deben asumir mientras el paciente hace contacto con un profesional médico de manera presencial, en caso de que lo requiera.
ORIENTACIÓN NUTRICIONAL TELEFÓNICA
Cuando el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) lo requiera, IGS prestará el servicio de asistencia nutricional telefónica esta asistencia se brindará por parte de especialistas para consultas del cuadro nutricional de los alimentos (calorías, carbohidratos etc.) Índice de grasa corporal, dietas y referenciación de nutricionistas, envío de información vía electrónica de dietas y recomendaciones para llevar una alimentación sana y estilo de vida saludable. El servicio se prestará por tres (3) eventos durante la vigencia sin límite de monto máximo de cobertura por evento.
ORIENTACIÓN DENTAL TELEFÓNICA
A través de este servicio disponible las 24 horas del día, el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) podrá comunicarse con un profesional dispuesto por el proveedor designado por IGS, a través de la línea telefónica dispuesta por estas últimas, línea en la cual se brindará orientación dental telefónica ante cualquier emergencia en su salud dental. El servicio se prestará por tres (3) eventos durante la vigencia sin límite de monto máximo de cobertura por evento.
CÓMO ACCEDEN LOS CLIENTES A LOS SERVICIOS
En caso que el afiliado o miembro del grupo familiar (conyugue, padres e hijos) requiera de los servicios contemplados en el presente documento, se comunicara las 24 horas del día los 365 días del año, a nivel nacional a la línea 01 8000 934 413 y desde Bogotá al teléfono fijo 5114 565.
REEMBOLSOS
IGS reembolsará al afiliado el valor que este hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera de los eventos amparados en el presente condicionado y hasta por los límites allí indicados, siempre y cuando el afiliado solicite telefónicamente a IGS una autorización antes de contratar un servicio cubierto por el presente condicionado. IGS generará un código de autorización con el cual el afiliado deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización: en ningún caso IGS realizará reembolso sin que el afiliado haya remitido las facturas originales correspondientes y estas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley.
EXCLUSIONES GENERALES
Además de las exclusiones indicadas en algunas de las coberturas, la compañía no cubrirá los siguientes casos:
Asistencia Mascotas
Atención en centro veterinario
Cobertura: $21.000 por evento
Eventos: 6 eventos al año
Análisis e imágenes
Cobertura: $23.000 por evento
Eventos: 6 eventos al año
Servicio funebre para mascotas
Cobertura: $46.000 por evento
Eventos: 1 eventos al año
Phono vet: consultas, viajes al exterior, adiestramiento, consejos
Cobertura: Sin límite
Eventos: Sin límite
Cirugías e internación
Cobertura: $46.000 por evento
Eventos: 3 eventos al año
Descuento del 40% medicamentos derivados de la consulta
Cobertura: $7.000 por evento
Eventos: 12 eventos al año
Aplicación de inyecciones calendario de vacuniación y desparasitado
Cobertura: $7.000 por evento
Eventos: 4 eventos al año
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